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Derecho laboral colectivo
Un convenio colectivo es un acuerdo sobre las condiciones de trabajo, como los salarios y las vacaciones, entre una empresa y un sindicato (“convenio colectivo específico de la empresa”) o entre la asociación empresarial de un sector específico y el sindicato (“convenio colectivo de ámbito sectorial”).
Los convenios colectivos generales son acuerdos que regulan las condiciones de trabajo básicas para todos los empleados de un sector. Los convenios colectivos de salarios regulan las retribuciones en una empresa o sector concreto.
Un convenio colectivo se aplica a su relación laboral si está afiliado al sindicato, si su empresa es miembro de la asociación de empresarios y el sindicato y la asociación de empresarios han negociado un convenio colectivo. También se aplica un convenio colectivo si hay una referencia a ello en su contrato de trabajo o su empleador pertenece a un sector en el que se aplican convenios colectivos generalmente vinculantes (por ejemplo, limpieza de edificios, servicios de seguridad y otros). Pregunte en el Centro de Asesoramiento para la Integración Justa si se le aplica un convenio colectivo.
Tipos de negociación colectiva
Algunos convenios colectivos se refieren a la relación general entre un empresario o una federación de empresarios y los sindicatos. Estos convenios suelen regular cuestiones como la codeterminación, los procedimientos de negociación y el establecimiento de objetivos comunes relativos al desarrollo futuro del mercado laboral y de los empresarios. Los acuerdos con las materias mencionadas suelen celebrarse entre las federaciones patronales de ámbito nacional y sus homólogas centrales sindicales de ámbito nacional.
La definición de convenio colectivo se encuentra en la Ley de Empleo, que establece que un convenio colectivo es un acuerdo por escrito entre las organizaciones empresariales o un empresario, por un lado, y una organización de trabajadores, por otro, que regula las condiciones de empleo o la relación entre empresarios y trabajadores. Se considera que un acuerdo está por escrito si su contenido se ha registrado en un acta aprobada o cuando una propuesta de acuerdo y una aceptación del mismo se han registrado en documentos separados. Los acuerdos verbales o los que no se refieren a la relación entre empresarios y trabajadores no se consideran un convenio colectivo.
Convenio colectivo – deutsch
Un convenio colectivo, acuerdo colectivo de trabajo (CCT) o acuerdo de negociación colectiva (ACB) es un contrato escrito negociado a través de una negociación colectiva para los empleados por uno o más sindicatos con la dirección de una empresa (o con una asociación de empresarios) que regula las condiciones de los empleados en el trabajo. Esto incluye la regulación de los salarios, las prestaciones y los deberes de los empleados y los deberes y responsabilidades del empresario o empresarios, y a menudo incluye normas para un proceso de resolución de conflictos.
En Suecia, alrededor del 90% de los empleados están cubiertos por convenios colectivos, en el sector privado el 83% (2017)[5][6] Los convenios colectivos suelen contener disposiciones relativas a los salarios mínimos. Suecia no cuenta con una regulación legal de los salarios mínimos ni con una legislación sobre la extensión de los convenios colectivos a los empleadores no organizados. Los empresarios no organizados pueden firmar convenios sustitutivos directamente con los sindicatos, pero muchos no lo hacen. El modelo sueco de autorregulación sólo se aplica a los centros de trabajo y a los empleados cubiertos por convenios colectivos[7].
Cobertura de la negociación colectiva
La negociación colectiva se refiere a todas las negociaciones entre los sindicatos y los empleadores para determinar las condiciones de trabajo y de empleo, incluidas las cuestiones relacionadas con el salario y el tiempo de trabajo, y para regular las relaciones entre empleadores y trabajadores, como se indica en el Convenio 154 de la OIT.
La negociación colectiva se refiere a todas las negociaciones entre los sindicatos y los empresarios para determinar las condiciones de trabajo y de empleo, incluidas las cuestiones relacionadas con el salario y el tiempo de trabajo, y para regular las relaciones entre empresarios y trabajadores, tal como se indica en el Convenio 154 de la OIT. Se han identificado varias dimensiones de la negociación colectiva (“estructura de la negociación”). Estas dimensiones incluyen la cobertura, que se refiere al porcentaje de empleados directamente afectados por los convenios; el nivel en el que se produce la negociación; el alcance, o la gama de temas que abarca la negociación; y la profundidad, es decir, el grado en que los convenios se aplican y revisan conjuntamente.
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